La BIA anula la protección CAT y ordena la expulsión a El Salvador
¿Enfrenta una expulsión tras una decisión CAT de la BIA? Conozca por qué importan las pruebas personales y del traslado interno. Solicite ayuda hoy.
Publicado el 29 de octubre de 2026· Actualizado 29 de octubre de 2026
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La BIA anula la protección CAT y ordena la expulsión a El Salvador
La Junta de Apelaciones de Inmigración anuló la concesión de protección CAT de un ciudadano salvadoreño sujeto a un proceso de expulsión. Un demandado es una persona involucrada en un caso de expulsión. La Junta ordenó su expulsión a El Salvador. Determinó que las pruebas no demostraban un riesgo futuro específico para esa persona. La decisión, Matter of K-Y-V-R- , 30 I&N Dec. 203 (BIA 2026), se centra en las pruebas que vinculan los daños sufridos en el pasado con el peligro actual.
Para una persona en proceso de expulsión, la diferencia puede ser inmediata. Un expediente que describa violencia generalizada puede ser relevante. Sin embargo, esta decisión de la BIA sobre protección CAT concluyó que las condiciones generales, por sí solas, no demostraban que fuera más probable que improbable que este demandado sufriera tortura después de regresar. Nuestros abogados de inmigración revisan expedientes personales, declaraciones de testigos y pruebas sobre las condiciones del país. Evaluamos cómo se relacionan esos materiales en casos de defensa contra la expulsión.
El fiscal general designó la decisión como precedente el 27 de octubre de 2026, mediante la Orden n.º 7272-2026. Las personas que deseen una evaluación específica de su caso pueden hablar con nuestro equipo legal de inmigración para obtener una evaluación gratuita.
Descargo de responsabilidad legal: Este artículo proporciona información legal general, no asesoría legal para ninguna persona en particular. Las solicitudes CAT dependen de las pruebas, los antecedentes procesales y las leyes aplicables a cada caso.
¿Qué ocurrió en Matter of K-Y-V-R-?
La Junta de Apelaciones de Inmigración anuló la decisión del juez de inmigración del 21 de enero de 2020, que concedía protección conforme a los reglamentos de la Convención contra la Tortura, y ordenó la expulsión del demandado a El Salvador.
El demandado declaró que miembros de pandillas intentaron reclutarlo desde su infancia hasta que salió de El Salvador a los 17 años. Describió amenazas y piedras lanzadas contra su vivienda. También describió una agresión física en la escuela después de negarse a unirse a la pandilla. El juez de inmigración determinó que estos hechos respaldaban la probabilidad de que sufriera tortura en el futuro. El juez también se basó en información sobre las condiciones del país relacionada con la violencia de las pandillas.
La Junta llegó a una conclusión distinta. Sostuvo que la predicción de una futura tortura se basaba en inferencias sin respaldo. Una inferencia es una conclusión extraída de otros hechos. La decisión destacó que el expediente no demostraba que las personas que amenazaron al demandado cuando era menor lo hubieran buscado después de que saliera de El Salvador en 2015. También determinó que no existían pruebas de que sus familiares o personas cercanas hubieran sido interrogados o atacados después de su partida.
The Immigration Judge’s determination as to the likelihood of the respondent’s future torture upon his return to El Salvador is speculative and unsupported by the record.
Traducción: La determinación del juez de inmigración sobre la probabilidad de que el demandado sufriera tortura en el futuro al regresar a El Salvador es especulativa y carece de respaldo en el expediente.
Esta decisión de la BIA sobre protección CAT no determinó si las autoridades salvadoreñas consentirían la tortura o la tolerarían. La aquiescencia significa que un funcionario conoce el daño y permite que ocurra, incluso mediante una ceguera deliberada. La ceguera deliberada significa ignorar intencionalmente un riesgo conocido. La Junta explicó que el demandado no cumplió con su carga de prueba para obtener protección conforme a la CAT. Esa conclusión resolvió la apelación. Por lo tanto, la Junta no abordó la cuestión independiente de la aquiescencia gubernamental.
Por qué es importante la condición de precedente
La Orden n.º 7272-2026 designó Matter of K-Y-V-R- como precedente en procesos que involucren las mismas cuestiones. La cita publicada es 30 I&N Dec. 203. Los profesionales que revisen decisiones de la BIA del EOIR, casos de la BIA o un cuadro de precedentes de la BIA ahora pueden encontrar la decisión con esa cita. EOIR es la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración.
¿Quién debe prestar atención a esta decisión de la BIA sobre protección CAT?
La decisión se refiere a los demandados que solicitan protección conforme a los reglamentos CAT. Concierne especialmente a las personas que se basan en amenazas anteriores, agresiones pasadas y pruebas de violencia generalizada en su país de origen. No elimina la protección CAT para las personas que enfrentan un peligro real. Más bien, explica las pruebas que, según la Junta, faltaban en este expediente.
Para obtener protección CAT, una persona debe demostrar que es más probable que improbable que ocurra tortura en su país de origen. La tortura prevista debe ser cometida por un funcionario público u otra persona que actúe en una función oficial. También puede ocurrir con el consentimiento o la aquiescencia de ese funcionario, incluida la ceguera deliberada. Estos requisitos aparecen en 8 C.F.R. §§ 1208.16(c) a 1208.18(a).
En este caso, la Junta determinó que las pruebas generales sobre el país no demostraban un riesgo personal y continuo por parte de miembros desconocidos de una pandilla. Diferenció las pruebas sobre la violencia en El Salvador de las pruebas que demostraban que este demandado en particular seguía siendo un objetivo. La decisión también examinó si trasladarse dentro de El Salvador podría reducir el riesgo temido.
El demandado no había intentado anteriormente reubicarse dentro de El Salvador para evitar el daño temido. La Junta señaló que en ese momento era un adulto físicamente apto. También señaló que tenía tíos que trabajaban como agentes de policía en El Salvador. El expediente no demostraba que no pudiera salir de su ciudad natal y encontrar trabajo en otro lugar.
The generalized country conditions evidence cited in the decision further does not support the Immigration Judge’s predictive finding that the respondent would be unable to relocate within El Salvador to avoid any future torture.
Traducción: Las pruebas generalizadas sobre las condiciones del país citadas en la decisión tampoco respaldan la determinación predictiva del juez de inmigración de que el demandado no podría trasladarse dentro de El Salvador para evitar cualquier tortura futura.
Según nuestra experiencia, los casos que manejamos suelen depender de la conexión entre las amenazas pasadas y el riesgo personal actual. Un expediente que solo describa condiciones peligrosas puede no establecer esa conexión. Para obtener información relacionada con la defensa contra la expulsión, consulte nuestro análisis de un caso de defensa contra la deportación y nuestra orientación sobre asilo y protección humanitaria.
Lo que la decisión no elimina
Una decisión de la BIA sobre protección CAT se basa en las pruebas y cuestiones presentadas ante la Junta. Una persona que haya recibido amenazas recientes puede tener hechos distintos. Lo mismo puede ocurrir si alguien intentó localizar a esa persona, si familiares fueron perjudicados, si hubo participación de funcionarios o si se presentaron pruebas confiables sobre la posibilidad de trasladarse. La carga legal sigue siendo específica para cada demandado.
¿Qué exige la ley CAT antes de suspender una expulsión?
La Convención contra la Tortura se aplica mediante los reglamentos de inmigración establecidos en 8 C.F.R. §§ 1208.16(c), 1208.17 y 1208.18(a). En términos sencillos, la tortura es una forma especialmente grave de daño. El solicitante CAT debe demostrar que es más probable que improbable que ocurra tortura. También debe demostrar que los funcionarios la infligirían, consentirían en ella, la permitirían o ignorarían deliberadamente el riesgo.
La Junta citó el marco jurídico del Tercer Circuito en Myrie v. Attorney General U.S.: un juez de inmigración debe examinar qué probablemente le ocurriría al demandado si fuera expulsado y determinar si aquello que probablemente ocurriría constituye tortura conforme a la definición legal. La cuestión de qué le ocurrirá al demandado es una determinación fáctica que debe realizar el juez de inmigración y que la Junta revisa para detectar un error manifiesto. Determinar si ese daño constituye tortura es una cuestión legal que la Junta revisa de novo.
La Junta examinó la capacidad del demandado para trasladarse dentro de El Salvador al evaluar las pruebas sobre el riesgo futuro. La decisión concluyó que la determinación del juez de inmigración sobre el traslado carecía de respaldo en este expediente.
La protección CAT es distinta del asilo conforme a INA § 208, 8 U.S.C. § 1158, y de la suspensión de la expulsión prevista por ley conforme a INA § 241(b)(3), 8 U.S.C. § 1231(b)(3). La suspensión de la expulsión prevista por ley es una forma independiente de protección que puede impedir la expulsión cuando se cumplen sus requisitos. En este caso, el demandado no impugnó en la apelación la denegación del asilo ni de la suspensión de la expulsión prevista por ley. Por ello, la Junta consideró que esas impugnaciones habían sido renunciadas. Renunciar significa abandonar una cuestión al no plantearla debidamente.
Por qué las pruebas personales tienen peso
Los informes sobre el país pueden proporcionar antecedentes esenciales. Sin embargo, la Junta citó decisiones anteriores de la BIA. Esas decisiones explican que las pruebas de violencia generalizada no necesariamente significan que un demandado pueda demostrar que existe una probabilidad clara de que enfrente un riesgo particularizado de tortura. La Junta consideró lo que probablemente le ocurriría al demandado individual.
¿Qué pruebas debe preparar una persona con una solicitud CAT?
Una persona que prepare una solicitud CAT debe comenzar con una cronología precisa. Debe registrar cada amenaza, agresión, intento de reclutamiento, denuncia ante las autoridades, traslado dentro del país y contacto de la persona o grupo temido. Las fechas, lugares, nombres, mensajes, fotografías, expedientes médicos y documentos policiales pueden ayudar a respaldar el testimonio.
Después, debe conservar pruebas que demuestren el interés actual en localizar a la persona. Las comunicaciones en las que se solicite su ubicación pueden ser útiles. También pueden serlo las amenazas contra familiares, las averiguaciones en un antiguo domicilio o lugar de trabajo y las declaraciones juradas de personas con conocimiento directo. Estos elementos pueden demostrar que el peligro no terminó cuando la persona se fue. Traduzca cada elemento cuando sea necesario. Además, relaciónelo claramente con el testimonio del solicitante.
Luego, aborde directamente la posibilidad de trasladarse. Explique cualquier intento anterior de mudarse. Analice el apoyo familiar, la vivienda, las oportunidades laborales, las necesidades médicas y las barreras lingüísticas. Explique por qué el agresor temido aún podría encontrar a la persona. El análisis de la Junta en esta decisión de la BIA sobre protección CAT demuestra por qué una cuestión de traslado sin explicación puede crear un problema probatorio grave.
Por último, organice las pruebas sobre el país en torno a los hechos individuales. No presente materiales únicamente para demostrar altos niveles de violencia. Identifique información que explique el alcance del agresor temido. También aborde a los funcionarios locales y los resultados realistas de solicitar protección.
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¿Qué deben tener en cuenta las personas después de esta decisión de la BIA sobre protección CAT?
La designación como precedente realizada por el fiscal general el 27 de octubre de 2026 hace que Matter of K-Y-V-R-, 30 I&N Dec. 203, sea pertinente cuando se disputen el riesgo futuro y el traslado interno.
La norma vigente exige pruebas de que existe un riesgo de tortura más probable que improbable. Ese riesgo debe estar vinculado con el solicitante individual. El solicitante también debe demostrar la participación o aquiescencia oficial. La persona debe vigilar el expediente del tribunal de inmigración para conocer las instrucciones de presentación y los avisos de audiencia. Las pruebas deben presentarse en el proceso correspondiente.
Si un conjunto particular de amenazas pasadas demostrará una probabilidad actual de tortura después de una ausencia prolongada depende de las pruebas de cada expediente. La decisión publicada de Matter of K-Y-V-R- es el texto oficial que debe revisarse junto con las presentaciones actuales y las pruebas específicas del caso.
Preguntas frecuentes
¿Qué decidió la Junta en Matter of K-Y-V-R-?
La Junta declaró con lugar la apelación del DHS, anuló la concesión de protección CAT del juez de inmigración y ordenó la expulsión a El Salvador. Determinó que la predicción de una futura tortura era especulativa porque las pruebas generales sobre el país no demostraban que el demandado siguiera siendo personalmente un objetivo. La Junta también determinó que no había respaldo suficiente para concluir que no podía trasladarse dentro de El Salvador.
¿Siguen siendo relevantes las pruebas sobre las condiciones del país en un caso CAT?
Sí. Las pruebas sobre el país pueden explicar las condiciones, los riesgos y la conducta oficial en el país de retorno. Esta decisión de la BIA sobre protección CAT sostuvo que las pruebas generalizadas, por sí solas, no establecían un riesgo particularizado para este demandado. Los expedientes CAT sólidos vinculan las pruebas sobre el país con las amenazas personales, los acontecimientos recientes, los agresores temidos y la capacidad real del solicitante para evitar el daño.
¿Qué es el traslado interno?
El traslado interno significa mudarse a otra zona dentro del país de expulsión. En esta decisión, la Junta determinó que el expediente no demostraba que se impediría al demandado salir de su ciudad natal, encontrar trabajo y evitar a las personas que lo amenazaron cuando era menor. Las pruebas sobre el traslado pueden influir en la evaluación del riesgo futuro.
¿Qué debe demostrar un solicitante para obtener protección CAT?
El solicitante debe demostrar que es más probable que improbable que sufra tortura en su país de origen. La tortura prevista debe ser infligida por un funcionario público o una persona que actúe en una función oficial, o debe ocurrir con su consentimiento o aquiescencia, incluida la ceguera deliberada. Los reglamentos aplicables incluyen 8 C.F.R. §§ 1208.16(c) a 1208.18(a).
¿Determinó la Junta si los funcionarios consentirían la tortura o la tolerarían?
No. La Junta concluyó que el demandado no había cumplido con la carga de demostrar la probabilidad de una futura tortura. Como esa determinación resolvió la apelación, la Junta no abordó la conclusión del juez de inmigración sobre la aquiescencia gubernamental. Esto demuestra que las solicitudes CAT requieren pruebas de cada elemento necesario, incluso cuando una cuestión se vuelve decisiva.
¿Qué expedientes pueden respaldar una solicitud CAT particularizada?
Las pruebas pertinentes pueden incluir testimonios detallados, amenazas recientes, mensajes, declaraciones juradas de testigos, registros de daños sufridos por familiares, materiales policiales, documentación médica y pruebas sobre el país vinculadas con los hechos de la persona. El objetivo práctico es demostrar por qué el daño temido sigue siendo probable para esa persona en particular, en lugar de basarse únicamente en pruebas de condiciones generales peligrosas.
No tome decisiones sobre las pruebas sin comprender la norma legal aplicable. Comuníquese con Vasquez Law Firm para obtener una evaluación gratuita enfocada en su situación migratoria. Esta es información general y no asesoría legal individualizada.
Fuentes
Revisado por el abogado Vasquez, abogado principal
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William Vásquez
Fundador y CEO, Vasquez Law Firm, PLLC
William Vasquez es el fundador y CEO de Vasquez Law Firm, PLLC, una firma orientada a resultados que se especializa en inmigración, defensa criminal, lesiones personales y compensación laboral. Veterano de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos y receptor de la Medalla por Logro Conjunto en el Servicio, William está dedicado a luchar ferozmente por los derechos de sus clientes.
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