¿Qué cambió la orden judicial de 2026 sobre las políticas de retención de USCIS?
La orden judicial de 2026 suspendió las políticas de retención de USCIS PM-602-0192 y PM-602-0194 que retrasaban las adjudicaciones para solicitantes de 39 países y la Autoridad Palestina. Esta resolución exige que USCIS reanude el procesamiento normal de solicitudes de asilo y otros beneficios. Los residentes de Raleigh, NC con casos pendientes de estos países están directamente afectados. Conozca quién califica, qué dice la ley y qué pasos seguir ahora.
Publicado el 28 de agosto de 2026· Actualizado 9 de septiembre de 2026
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El 24 de agosto de 2026, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California emitió una orden que detuvo dos memorandos de política de USCIS, PM-602-0192 y PM-602-0194. Estos memorandos habían puesto pausas en la revisión de ciertas solicitudes de beneficios migratorios. El tribunal ordenó a USCIS que vuelva a procesar estas solicitudes normalmente, sin retrasos por las políticas de retención.
Esta orden paró la aplicación por parte de USCIS de las políticas de retención basadas en las Proclamaciones Presidenciales 10949 y 10998. Estas proclamaciones limitaban la entrada desde 39 países y la Autoridad Palestina. El tribunal también aprobó que un grupo de solicitantes afectados pueda actuar juntos en la demanda.
Los memorandos de política salieron a finales de 2025 y principios de 2026 para mejorar la revisión de seguridad nacional. Esto se hizo pausando la revisión para ciertos solicitantes de los países listados. La suspensión del tribunal significa que USCIS debe ahora procesar estas solicitudes sin las pausas anteriores, mientras se sigue revisando el caso en la corte.
La orden del tribunal dice:
"USCIS is ordered to adjudicate applications in the normal course of USCIS’ process." (Source: USCIS, https://www.uscis.gov/newsroom/alerts/recent-court-order-on-hold-policies) Traducción: "Se ordena a USCIS adjudicar las solicitudes en el curso normal del proceso de USCIS."
Esta decisón cambia mucho la forma en que USCIS maneja las solicitudes de personas de los países afectados. Vuelve a los tiempos y procesos anteriores de la agencia.
Quiénes están afectados por la nueva orden judicial de USCIS sobre políticas de retención?
El grupo aprobado por el tribunal incluye a personas que cumplen todos estos requisitos: son ciudadanos o nativos de uno o más de los 39 países listados en las Proclamaciones Presidenciales 10949 o 10998 o de la Autoridad Palestina; tienen una solicitud de asilo pendiente (Formulario I-589); o tienen otro tipo de solicitud de beneficio pendiente con USCIS que estuvo bajo las políticas de retención PM-602-0192 o PM-602-0194 y no habían recibido una decisión final cuando se aprobó el grupo.
Esto afecta a miles de solicitantes en todo el país, incluyendo muchos en Raleigh, NC, donde la población inmigrante incluye personas de varios de los países restringidos. Las políticas de retención habían retrasado la revisión de estas solicitudes, causando esperas largas y mucha incertidumbre.
Específicamente, los solicitantes de asilo de los países listados que presentaron el Formulario I-589 no pudieron tener sus casos revisados bajo las políticas de retención. También, los solicitantes de otros beneficios migratorios como el ajuste de estatus bajo 8 U.S.C. § 1255 o autorización de empleo bajo 8 CFR § 274a.12 enfrentaron demoras.
En Raleigh, NC, y Orlando, FL (donde está nuestra oficina en Florida), muchos clientes de estos países sufrieron retrasos grandes por las políticas de retención. La orden judicial ahora permite que USCIS vuelva a procesar normalmente, lo que ayudará a estos solicitantes al reducir los tiempos de espera.
La aprobación del grupo significa que los solicitantes afectados pueden buscar ayuda juntos en lugar de hacer demandas individuales. Pero la orden judicial no aplica a solicitantes fuera del grupo definido ni a quienes ya recibieron una decisión antes de las políticas de retención.
Qué dice la ley sobre las políticas de retención de USCIS y la adjudicación?
USCIS tiene la autoridad para revisar solicitudes de beneficios migratorios gracias a leyes como 8 U.S.C. § 1255 (ajuste de estatus) y reglas como 8 CFR § 245.1. Estas leyes exigen que USCIS procese las solicitudes sin demoras y que dé a los solicitantes un proceso justo.
Las políticas de retención PM-602-0192 y PM-602-0194 fueron creadas por USCIS en respuesta a las Proclamaciones Presidenciales 10949 y 10998. Estas proclamaciones limitaron la entrada desde ciertos países para proteger la seguridad nacional. Los memorandos indicaban a USCIS que pusiera pausas en la revisión de solicitudes de nacionales de esos países mientras hacían revisiones de seguridad más estrictas.

El tribunal encontró que estas políticas retrasaban ilegalmente la revisión sin una buena razón y las detuvo. La orden dijo que USCIS debe revisar las solicitudes "en el curso normal", siguiendo la ley.
Como dice la orden del tribunal:
"USCIS is ordered to adjudicate applications in the normal course of USCIS’ process." (Source: USCIS, https://www.uscis.gov/newsroom/alerts/recent-court-order-on-hold-policies) Traducción: "Se ordena a USCIS adjudicar las solicitudes en el curso normal del proceso de USCIS."
La decisión del tribunal muestra el conflicto entre las proclamaciones ejecutivas para la seguridad nacional y los derechos legales de los solicitantes bajo la ley migratoria. USCIS ahora debe equilibrar estos intereses procesando las solicitudes sin demoras injustas.
Qué debe hacer si su solicitud fue afectada por las políticas de retención de USCIS?
Si tiene una solicitud de beneficio migratorio o asilo pendiente con USCIS y es de uno de los 39 países listados en las proclamaciones presidenciales o de la Autoridad Palestina, debe revisar si su caso estuvo bajo las políticas de retención PM-602-0192 o PM-602-0194.
En nuestras oficinas de Raleigh, NC y Orlando, FL, atendemos clientes que han esperado meses o más por estas políticas. Muchos no saben si sus casos avanzarán ahora o si habrán más demoras. La orden judicial significa que USCIS debe volver a procesar, pero los solicitantes deben actuar con cuidado.
Estos son los pasos que debe seguir:
- Confirme con USCIS o su abogado si su solicitud estuvo bajo las políticas de retención y si está en el grupo aprobado por el tribunal.
- Si su caso estuvo en retención, pregunte sobre su estado actual y el tiempo estimado para la decisión.
- Prepare o actualice cualquier documento que pueda necesitar para su caso mientras avanza.
- Consulte con un abogado de inmigración con experiencia, especialmente si tiene dudas sobre cómo la orden judicial afecta su caso.
- Esté atento a los anuncios y cambios de políticas de USCIS, porque podrían haber más litigios o cambios.
A continuación, una tabla que resume las fechas y políticas clave:
| Memorando de Política | Fecha de Emisión | Propósito | Efecto |
|---|---|---|---|
| PM-602-0192 | 2 de dic., 2025 | Retención en revisión para solicitantes de países listados | Retraso en procesamiento de solicitudes afectadas |
| PM-602-0194 | 1 de ene., 2026 | Continuación de políticas de retención | Demoras extendidas en casos pendientes |
| Orden Judicial | 24 de ago., 2026 | Suspendió políticas de retención | USCIS debe reanudar revisiones normales |
Seguir estos pasos puede ayudarle a estar informado y preparado mientras USCIS vuelve a procesar su solicitud.
Qué sucede después con las políticas de retención de USCIS y el litigio?
Después de la orden judicial del 24 de agosto de 2026, USCIS dijo que cumplirá con la suspensión y volverá a procesar solicitudes normalmente. Sin embargo, la agencia también dijo que no está de acuerdo con la decisión del tribunal y podría pedir que la revisen otra vez.
El tribunal aprobó un grupo de solicitantes afectados para que actúen juntos en la demanda. Esto significa que el litigio seguirá, y podría haber nuevas decisiones o acuerdos.
USCIS dijo que dará instrucciones nuevas a sus oficiales mientras sigue el proceso legal. Los solicitantes deben estar atentos a los anuncios oficiales de USCIS sobre nuevas reglas o cambios.
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"USCIS strongly disagrees with the Court’s order but will follow its terms pending possible further judicial review." (Source: USCIS, https://www.uscis.gov/newsroom/alerts/recent-court-order-on-hold-policies) Traducción: "USCIS está en fuerte desacuerdo con la orden del tribunal pero cumplirá sus términos mientras se espera una posible revisión judicial adicional."
Los solicitantes en Raleigh, NC y Orlando, FL deben estar atentos al estado de sus casos y consultar con un abogado si reciben notificaciones o solicitudes de USCIS. El resultado del litigio podría afectar las políticas futuras de USCIS sobre revisiones de seguridad y pausas en la revisión.
Preguntas frecuentes sobre la orden judicial de políticas de retención de USCIS 2026
Quién califica para la clase certificada por el tribunal en la demanda sobre políticas de retención?
La clase incluye a personas que son ciudadanos o nativos de los 39 países listados en las Proclamaciones Presidenciales 10949 o 10998, o de la Autoridad Palestina, y que tienen solicitudes de asilo pendientes (I-589) u otras solicitudes de beneficios de USCIS sujetas a las políticas de retención PM-602-0192 o PM-602-0194 que no habían sido revisadas a la fecha de aprobación de la clase.
Significa la orden judicial que USCIS aprobará mi solicitud inmediatamente?
No. La orden requiere que USCIS vuelva a revisar las solicitudes normalmente, pero no garantiza que aprueben su caso. Su solicitud se procesará según las leyes y reglas actuales, incluyendo los requisitos de elegibilidad bajo leyes como 8 U.S.C. § 1255.
Pueden beneficiarse de esta orden judicial solicitantes fuera de los 39 países o de la Autoridad Palestina?
No. La suspensión aplica solo a solicitantes de los países listados y la Autoridad Palestina cuyos casos estuvieron bajo las políticas de retención. Otros no están en la clase aprobada ni afectados por esta orden.
Qué debo hacer si mi caso fue retrasado por estas políticas de retención?
Debe revisar el estado de su caso con USCIS, hablar con un abogado de inmigración y preparar cualquier documento necesario para la revisión. La orden judicial permite que USCIS procese su caso ahora, pero es importante que usted actúe con cuidado.
Cambiará USCIS sus políticas nuevamente después de esta orden judicial?
USCIS podría pedir que la orden se revise otra vez o dar instrucciones nuevas. La agencia dijo que no está de acuerdo con la orden del tribunal pero la cumplirá mientras sigue el litigio. Los solicitantes deben estar atentos a los anuncios de USCIS y consultar con un abogado.
Este artículo ofrece información legal general, no consejos legales personalizados. Leerlo no crea una relación abogado-cliente. Para consejos específicos sobre su situación, contacte a Vasquez Law Firm.
Revisado por William Vasquez, Fundador y CEO, Vasquez Law Firm, PLLC.
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William Vásquez
Fundador y CEO, Vasquez Law Firm, PLLC
William Vasquez es el fundador y CEO de Vasquez Law Firm, PLLC, una firma orientada a resultados que se especializa en inmigración, defensa criminal, derecho de familia, lesiones personales y compensación laboral. Veterano de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos y receptor de la Medalla por Logro Conjunto en el Servicio, William está dedicado a luchar ferozmente por los derechos de sus clientes.
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