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Reloj de Asilo y Reloj de Corte

El reloj de asilo cuenta los días que su caso de asilo lleva pendiente y que cuentan hacia su permiso de trabajo. Puede presentar el Formulario I-765 cuando se han acumulado 150 días, y generalmente necesita 180 días de tiempo calificado antes de que le puedan aprobar la autorización de empleo.

Es la fecha en que EOIR o USCIS recibió su I-589, indicada en su recibo de presentación.

Sume los períodos en los que su notificación o la corte de inmigración le indicaron que el reloj se detuvo (por ejemplo, una prórroga que usted solicitó). Déjelo en blanco o ponga 0 si no está seguro o cree que nunca se detuvo.

Verifique el reloj de su caso

Con su número de caso (A-number) puede consultar el estado de su caso en la corte de inmigración y los días acumulados.

Consultar el estado de mi caso

Cómo funciona el reloj

El reloj corre mientras la corte controla el ritmo de su caso. A los 150 días acumulados puede presentar el Formulario I-765. El umbral general para que le aprueben el permiso de trabajo son 180 días de tiempo calificado.

Por qué se detiene el reloj

Un reloj detenido normalmente significa que algo pausó el conteo de días calificados, con frecuencia una prórroga que usted solicitó, un paso omitido, o una demora atribuida a usted y no a la corte. Mientras está detenido, esos días no cuentan hacia el umbral de 180 días, lo que puede retrasar su permiso de trabajo.

Qué hacer si su reloj está detenido

Si su reloj se detuvo y no está seguro por qué, un abogado de inmigración puede revisar el expediente y solicitar una corrección si se detuvo por error. Vigilar su reloj, y evitar acciones que lo detengan innecesariamente, es importante.

Herramientas relacionadas

El reloj de asilo trata específicamente sobre la elegibilidad para el permiso de trabajo. Si su caso está en proceso de deportación, también puede consultar el estado de su caso en la corte de inmigración (EOIR) para ver su próxima audiencia, juez y corte. Si tiene una solicitud pendiente separada ante USCIS, como el Formulario I-765, consulte el estado de su caso ante USCIS directamente.

Preguntas frecuentes

El reloj de asilo cuenta los días que se usan bajo 8 CFR 208.7 para determinar cuándo un solicitante de asilo es elegible para un permiso de trabajo (EAD). Generalmente necesita 180 días de tiempo calificado antes de que USCIS pueda aprobar el permiso de trabajo, y puede presentar el Formulario I-765 cuando se han acumulado 150 días.

Un reloj detenido normalmente significa que algo pausó el conteo de días calificados, con frecuencia una prórroga que usted solicitó, un paso omitido, o una demora atribuida a usted y no a la corte. Mientras está detenido, esos días no cuentan hacia el umbral de 180 días, lo que puede retrasar su permiso de trabajo.

No. No se conecta a ningún sistema gubernamental ni consulta los datos reales de su caso. Solo hace el cálculo con la fecha de presentación y los días de reloj detenido que usted ingresa, según el marco general de 150/180 días en 8 CFR 208.7. Confirme siempre su estado real antes de confiar en cualquier estimación.

Un abogado de inmigración puede revisar el expediente y solicitar una corrección si el reloj se detuvo por error. Si presentó a los 150 días y ya pasó los 180 sin novedades, es un buen momento para que revisen su caso y su reloj directamente.

Esta página es solo informativa y no constituye asesoría legal. Cada caso depende de sus hechos específicos y del expediente de la corte. Última actualización: 24 de septiembre de 2026.