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Inmigración · Todo el país

Abogado de Cambio de Estatus y Extensión de Visa

Cómo funcionan las extensiones y los cambios de estatus para titulares de visas temporales, quién presenta el I-539 o el I-129, y por qué importan los plazos.

Abogado de Cambio de Estatus y Extensión de Visa

Respuesta rápida

Un abogado de cambio de estatus ayuda a quien tiene una visa temporal y ya está en Estados Unidos a extender su estadía, cambiar a otro estatus de no inmigrante o pasar a un nuevo empleador. Los visitantes, los dependientes y quienes cambian a estatus de estudiante suelen usar el Formulario I-539. Los trabajadores H-1B y L-1 usan el Formulario I-129, que presenta el empleador. La regla clave es presentar antes de que termine la estadía autorizada.

  • El Formulario I-539 cubre muchas extensiones y cambios de estatus de visitantes, dependientes y estudiantes.
  • El Formulario I-129 es la petición del empleador para trabajadores H-1B y L-1.
  • Presente antes de que venza su estadía autorizada, no después.
  • Mantener su estatus es una condición para la aprobación.
  • Esta página no cubre la tarjeta verde.

Introducción

Una visitante llega para un evento familiar y luego se entera de que un pariente está gravemente enfermo. Necesita más tiempo, pero su registro I-94 muestra una fecha de salida a solo unas semanas. Debe decidir qué presentar y cuándo.

Los titulares de visas temporales enfrentan esta decisión con frecuencia. Un trabajador cambia de empleo. El cónyuge de un estudiante necesita más tiempo. Los planes de un visitante cambian. Cada situación tiene su propio formulario, su propio solicitante y su propio plazo.

Esta página explica cómo funcionan las extensiones y los cambios de estatus para no inmigrantes. Si busca un abogado de cambio de estatus o un abogado de extensión de visa, le ayudará a ver qué se presenta, quién lo presenta y dónde fallan los casos. Para la tarjeta verde, consulte la página de tarjetas verdes del bufete.

Extensión de estadía frente a cambio de estatus

Una extensión de estadía pide a USCIS más tiempo en el mismo estatus. Un cambio de estatus pide a USCIS que lo pase de un estatus de no inmigrante a otro, por ejemplo de visitante a estudiante.

Son solicitudes distintas. Usted puede necesitar una, la otra o ambas. Quien desea quedarse más tiempo y además estudiar, por ejemplo, pide un cambio de estatus.

La visa y el estatus también son cosas diferentes. La visa en su pasaporte le permite solicitar la entrada. Su estatus, y la fecha de su registro I-94, determinan cuánto tiempo puede quedarse. La página del bufete sobre una visa vencida explica por qué un sello de visa vencido no siempre significa una estadía excedida.

La página del bufete sobre la duración del estatus trata a las personas cuya estadía no está atada a una fecha fija. Si ese es su caso, léala antes de suponer un plazo.

Formulario I-539 para visitantes, dependientes y quienes cambian a estatus de estudiante

USCIS describe el Formulario I-539 como la solicitud para que ciertos no inmigrantes extiendan su estadía o cambien a otro estatus de no inmigrante. Usted debe haber sido admitido legalmente como no inmigrante. Muchos visitantes y dependientes lo usan.

Algunas categorías no pueden usarlo. USCIS enumera categorías que no pueden extender ni cambiar de estatus, y limita a los solicitantes J-1 y M-1. Revise las instrucciones del formulario para su categoría antes de presentar.

USCIS también indica que ciertas categorías de empleo, incluidas H-1B, L-1 y O-1, deben usar el Formulario I-129. Un trabajador no puede presentar un I-539 en lugar de la petición del empleador.

La página de USCIS dice que puede presentar en línea antes de que venza su estadía autorizada. Aconseja presentar al menos 45 días antes del vencimiento, o tan pronto decida extender o cambiar de estatus.

Un abogado revisa su categoría, su registro I-94 y su historial de estatus antes de presentar nada. Esa revisión suele decidir si el trámite elegido es el correcto.

Los dependientes merecen atención especial. Un cónyuge o hijo suele depender del estatus del titular principal. Si el estatus del titular cambia, la solicitud del dependiente debe planearse en torno a ello.

Los estudiantes y sus familias también deben planear con anticipación. La página del bufete sobre visas de estudiante explica lo básico de esa categoría.

Formulario I-129 para trabajadores H-1B y L-1

El Formulario I-129 es una petición que un empleador, llamado peticionario, presenta por un trabajador. USCIS indica que cubre a trabajadores H-1B y L-1, junto con otras clasificaciones. El trabajador no lo presenta solo.

Un abogado de extensión de visa H-1B o un abogado de extensión de visa L-1 normalmente trabaja con el empleador en esta petición. La página I-129 de USCIS dice que, cuando el I-94 del trabajador vencería antes de que termine el período aprobado, el peticionario debe presentar una solicitud de extensión de estadía antes de esa fecha.

El mismo formulario puede usarse para pedir un cambio de estatus a ciertas clasificaciones. Para una petición L colectiva, USCIS indica que la solicitud de cambio de estatus debe incluir el Formulario I-129S.

Para los trabajadores H-1B, USCIS describe un período inicial que generalmente es de hasta 3 años y que puede extenderse hasta por 3 años más. El máximo general es de 6 años, con excepciones limitadas que aparecen en la página H-1B de USCIS.

Por estos límites, los plazos y los registros importan. Un abogado de extensión de visa de trabajo lleva el control de sus fechas para que la siguiente solicitud se presente mientras usted aún está en estatus.

Cambio de empleador con una visa de trabajo

Un trabajador que cambia de empleo necesita que el nuevo empleador presente una petición. Un abogado de transferencia de visa de trabajo ayuda a ambas partes a decidir cuándo presentar y qué incluir.

Para los trabajadores H-1B, USCIS describe la portabilidad. Puede comenzar con el nuevo empleador cuando este presente correctamente un Formulario I-129 no frívolo por usted, o en la fecha de inicio solicitada si es posterior. No debe haber trabajado sin autorización desde su última admisión, y el nuevo empleador debe presentar antes de que venza su estadía autorizada.

USCIS también indica que, si se niega la nueva petición, la autorización de portabilidad termina en ese momento. Es un riesgo real que debe hablar antes de dejar su empleo anterior.

Si su empleo termina, USCIS dice que tiene hasta 60 días consecutivos, o hasta que termine su período de validez si eso ocurre antes, para encontrar nuevo trabajo, cambiar de estatus o salir del país. Cuente esos días desde que termina el empleo y pida a un abogado que los confirme. Solo aplica una vez por período de validez, no puede trabajar durante ese tiempo y el DHS puede acortarlo.

En nuestra experiencia, el documento que los trabajadores más a menudo no tienen al cambiar de empleo es un registro completo de sus aprobaciones anteriores y su historial I-94. Reúnalos antes de que el nuevo empleador presente.

Mantener el estatus y el riesgo de exceder la estadía

Una extensión o un cambio de estatus no es automático. Las regulaciones federales vinculan la aprobación con mantenerse en estatus. Según 8 C.F.R. § 214.1(c)(4), una extensión no puede aprobarse para quien no mantuvo su estatus.

La regla del cambio de estatus es similar. Según 8 C.F.R. § 248.1(b), un cambio de estatus no puede aprobarse para quien no mantuvo su estatus anterior, o cuyo estatus venció antes de presentar la solicitud.

Las regulaciones permiten que USCIS excuse una presentación tardía en casos limitados. El solicitante debe demostrar circunstancias extraordinarias fuera de su control, ninguna otra violación de estatus, intención continua de no inmigrante y ningún proceso de remoción, y que la demora fue razonable según esas circunstancias. Eso es discrecional y difícil de probar.

Por eso, presentar tarde es un mal plan. Exceder la estadía puede eliminar la posibilidad de quedarse legalmente con un trámite sencillo. Si cree que su estadía está por terminar, hable con un abogado ahora.

Un abogado de estatus de visa también puede verificar que usted no haya hecho algo que rompa su estatus, como trabajar sin autorización. Mencione cualquier inquietud así en su primera conversación, para que el plan la tome en cuenta.

Mantenga sus registros al día. Su registro I-94 puede consultarse en línea, y los errores son más fáciles de corregir pronto. Compare la fecha que muestra con la de su aviso de aprobación.

Conserve copias de todo lo que presente. Si USCIS hace una pregunta meses después, el expediente original es su prueba más sólida de lo que envió y cuándo.

Visitantes y extensiones B-1/B-2

Los visitantes con estatus B-1 o B-2 pueden estar en la misma situación de la viajera al inicio de esta página. Los planes cambian y se necesita más tiempo. Un abogado de extensión de visa B1/B2 ayuda a decidir si una solicitud de extensión se ajusta a los hechos.

Como los visitantes están entre los no inmigrantes que pueden usar el Formulario I-539, se aplica la misma regla de tiempo. Presente antes de que termine la estadía autorizada y explique con documentos el motivo del tiempo adicional.

No toda solicitud es buena idea. Si ya excedió su estadía, o si el propósito original de la visita ya no encaja con su plan, la opción más prudente puede ser salir. Una revisión franca de esa decisión es parte de la consulta.

Si decide extender, dé a USCIS una razón clara y honesta. Explique qué cambió, cuánto tiempo necesita y por qué se irá cuando termine el tiempo adicional.

A los visitantes de negocios a menudo se les puede ayudar por teléfono o video. No necesita estar cerca de las oficinas del bufete para preguntar si una extensión tiene sentido.

Lista: qué necesita

  • Su pasaporte, incluida la página biográfica y cualquier visa anterior.
  • Su registro I-94 más reciente, que muestra su estadía autorizada.
  • Cualquier aviso de aprobación, como el Formulario I-797, de trámites anteriores.
  • Para trabajadores, el contacto del empleador y una descripción del puesto.
  • Para dependientes, prueba de su relación con el titular de la visa principal.
  • Los documentos de estatus actuales del titular principal.
  • Una breve explicación escrita del motivo de la extensión o el cambio.
  • Registros de sus viajes dentro y fuera de Estados Unidos.
  • Cualquier aviso que haya recibido de USCIS, ICE, CBP o un tribunal.
  • La fecha en que desea que comience el nuevo estatus.

Proceso y plazos

La tabla muestra las etapas generales. USCIS fija el ritmo de su propia revisión. Para los tiempos actuales, consulte la página de tiempos de procesamiento de USCIS y busque el Formulario I-539 o el Formulario I-129.

EtapaQué ocurreQuién actúa
RevisiónVerificar estatus, fechas del I-94 y el formulario correctoUsted y el abogado
PreparaciónReunir documentos y completar el formularioUsted, el empleador si lo hay, y el abogado
PresentaciónPresentar antes de que termine la estadía autorizadaUsted (I-539) o el empleador (I-129)
ReciboUSCIS envía un aviso de reciboUSCIS
Posibles solicitudesUSCIS puede pedir más pruebas o datos biométricosUSCIS y usted
DecisiónUSCIS aprueba o niega la solicitudUSCIS

Conserve todos los avisos de recibo. No viaje al extranjero mientras una solicitud está pendiente sin antes preguntar a un abogado cómo podría afectarla.

Factores de costo

Los costos dependen del formulario, la categoría y quién paga. Esta página no incluye montos, porque las tarifas cambian. Use la tabla de tarifas de USCIS para la tarifa de presentación y pregunte al bufete por sus propios honorarios.

ConceptoMontoNotas
Tarifa de USCIS del Formulario I-539Consulte la tabla de tarifas vigente de USCISDepende de la categoría y el método de presentación
Tarifa de USCIS del Formulario I-129Consulte la tabla de tarifas vigente de USCISEl empleador suele ser quien presenta
Datos biométricos, si se pidenConsulte la tabla de tarifas vigente de USCISConfirme en las instrucciones
Honorarios del abogadoPregunte durante su consultaDependen del alcance del trabajo
Traducciones y copiasPregunte durante su consultaSolo se necesitan para algunos documentos

Errores comunes

  • Presentar después de que la estadía autorizada ya terminó.
  • Suponer que un sello de visa vencido y un registro I-94 vencido son lo mismo.
  • Usar el Formulario I-539 cuando la categoría exige el Formulario I-129 del empleador.
  • Empezar un nuevo empleo antes de que el empleador haya presentado correctamente.
  • Salir del país mientras una solicitud está pendiente sin asesoría.
  • Enviar registros incompletos o inconsistentes.
  • Esperar hasta la última semana para pedir ayuda.
  • Ignorar una solicitud de pruebas de USCIS.
  • Confiar en el caso de un amigo, ya que las categorías son distintas.

Cuándo contactar a Vasquez Law Firm

Contacte al bufete cuando su estadía autorizada esté a pocos meses de terminar. Contáctelo antes si piensa cambiar de empleo, añadir un dependiente o pasar a otro estatus.

Llame si no está seguro de cuánto tiempo puede quedarse, o si quizás ya está fuera de estatus. Una asesoría temprana deja más opciones abiertas.

Traiga su pasaporte, su registro I-94 y cualquier aviso a la primera llamada. Con esos tres elementos, un abogado suele poder decir si el caso es sencillo o requiere más trabajo.

Los empleadores también pueden llamar. Una empresa que patrocina trabajadores puede preguntar cómo encaja una petición en sus planes de contratación y qué debe aportar el trabajador.

La página del bufete sobre visas de trabajo cubre las categorías de empleo. Si buscó un abogado de visa temporal, el bufete puede hablar con usted sobre su categoría.

Sobre Vasquez Law Firm

Vasquez Law Firm está dirigido por el abogado William J. Vásquez. El bufete tiene oficinas en 4426 Louisburg Road, Suite 206, Raleigh, NC 27616 y 612 South Brightleaf Boulevard, Smithfield, NC 27577.

También hay ayuda de inmigración a nivel nacional por teléfono y video. Las consultas son en inglés y español, y hay una consulta gratuita cuando el caso califica. Llame al 1-844-967-3536.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre una extensión de estadía y un cambio de estatus?

Una extensión pide a USCIS más tiempo en el mismo estatus. Un cambio de estatus pide a USCIS que lo pase a otro estatus de no inmigrante. Puede necesitar uno o ambos.

¿Quién presenta el Formulario I-539?

Según USCIS, ciertos no inmigrantes lo presentan ellos mismos para extender su estadía o cambiar de estatus. Muchos visitantes y dependientes lo usan. Algunas categorías no pueden usarlo, así que revise las instrucciones.

¿Cuándo debo presentar una solicitud de extensión?

Presente antes de que venza su estadía autorizada. USCIS aconseja presentar al menos 45 días antes de que termine, o tan pronto decida extender o cambiar de estatus.

¿Puedo presentar el Formulario I-539 para una extensión H-1B o L-1?

No. USCIS indica que las clasificaciones H-1B, L-1 y O-1 deben usar el Formulario I-129, que presenta el empleador.

¿Puedo empezar a trabajar de inmediato con un nuevo empleador H-1B?

USCIS dice que puede empezar cuando el nuevo empleador presente correctamente un Formulario I-129 no frívolo por usted, o en la fecha de inicio solicitada si es posterior. No debe haber trabajado sin autorización desde su última admisión.

¿Qué pasa si mi empleo termina mientras tengo una H-1B?

USCIS dice que tiene hasta 60 días consecutivos, o hasta que termine su período de validez si eso ocurre antes, para encontrar trabajo, cambiar de estatus o salir. Pida a un abogado que confirme sus fechas. Solo aplica una vez por período de validez, no puede trabajar durante ese tiempo y el DHS puede acortarlo.

¿Cuánto tiempo puede quedarse un trabajador H-1B?

USCIS describe un período inicial que generalmente es de hasta 3 años, extensible hasta por 3 más, para un máximo general de 6 años. Existen excepciones limitadas en la página H-1B de USCIS.

¿Puedo obtener una extensión si ya perdí mi estatus?

Según 8 C.F.R. § 214.1(c)(4), una extensión no puede aprobarse para quien no mantuvo su estatus. USCIS puede excusar una presentación tardía solo en casos limitados. Hable pronto con un abogado.

¿Puede un visitante con B-1 o B-2 extender su estadía?

Los visitantes están entre los no inmigrantes que pueden usar el Formulario I-539, así que una extensión puede ser posible. Depende de los hechos, y la solicitud debe presentarse antes de que termine la estadía autorizada.

¿Esta página cubre la tarjeta verde?

No. Esta página cubre extensiones y cambios de estatus de no inmigrantes temporales. Para la residencia permanente, consulte la página de tarjetas verdes del bufete.

Fuentes y referencias

Otras formas en que la gente busca esto

La gente también busca un abogado de renovación de visa, un abogado de visa temporal cerca de mí o un abogado de estatus migratorio temporal. El bufete ayuda a los titulares de visas temporales con todas estas preguntas, por teléfono o video.

Esta página ofrece información legal general y no es asesoría legal. Cada caso es único. Consulte con un abogado sobre su situación.

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